Grupo de admisiones - Procedimientos de Insolvencia
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Grupo de Admisiones
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El Grupo de Admisiones, adscrito al Despacho del Superintendente Delegado de Procedimientos de Insolvencia, ejercerá las siguientes funciones:
47.1 Conocer y decidir de manera exclusiva sobre todas las solicitudes de admisión a un proceso o trámite de insolvencia de competencia de la Superintendencia de Sociedades, bajo la Ley 1116 de 2006, el Decreto Ley 560 de 2020, el Decreto Ley 772 de 2020 y demás normas que los modifiquen, adicionen, sustituyan o reformen.
47.2 Resolver los recursos en contra de las decisiones que profiera.
47.3 Responder las acciones de tutela e impugnar los fallos de tutela, así como cumplir las órdenes impartidas por los jueces de tutela, cuando se refieran a asuntos de su competencia.
47.4 Conocer y decidir, en general, todo lo que corresponda con las solicitudes de admisión a un proceso de insolvencia.
47.5 Remitir el proceso al grupo que corresponda, según la etapa procesal o estado del proceso.
47.6 Remitir al grupo de Conglomerados de la a de Supervisión Societaria, los casos en los que se evidencien posibles omisiones del cumplimiento de la obligación de inscripción de la situación de control o grupo empresarial.
47.7 Llevar registro y control de las solicitudes de ingreso a procesos y trámites de insolvencia, según lineamientos y políticas de la administración.
47.8 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en la Política de Gestión Integral para la Gestión Socialmente Responsable de la Entidad, de acuerdo a la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia.
47.9 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Normas
GovCoSupersociedadesListadoDocumentos
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