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Delegatura de Procedimientos de Insolvencia
Delegatura Procedimientos de Insolvencia

CW_Dirección_de_procesos_de_liquidación_II_acordeon

Dirección de Procesos de Liquidación II

Acordeón de opciones

57.1 Conocer como juez de los procesos de liquidación judicial de deudores Categoría C cuyos activos sean superiores a cinco mil salarios mínimos mensuales legales vigentes (5.000), desde el inicio, hasta su culminación.  

57.2 Expedir las providencias y actos necesarios para el desarrollo y trámite de los procesos a su cargo.  

57.3 Responder las acciones de tutela e impugnar los fallos de tutela, así como cumplir las órdenes impartidas por los jueces de tutela, cuando se refieran a asuntos de su competencia.  

57.4 Imponer sanciones a quienes incumplan sus órdenes, en la forma y cuantía dispuesta por la normatividad vigente, así como las que resulten del desconocimiento del régimen de insolvencia.  

57.5 Decretar la inhabilidad para ejercer el comercio a los administradores, socios de la deudora y personas naturales, en los términos previstos en el artículo 83 de la Ley 1116 de 2006 o la normatividad vigente, en los procesos de su competencia.  

57.6 Vigilar el cumplimiento de las funciones por parte de los auxiliares de la justicia que ejercen como liquidadores y decidir sobre las sanciones a que haya lugar.  

57.7 Conocer y decidir, como juez del concurso, en general, todo lo que corresponda a procesos a su cargo, hasta su culminación.  

57.8 Remitir al Grupo de Conglomerados de la Delegatura de Supervisión Societaria, los casos en los que se evidencien posibles omisiones del cumplimiento de la obligación de inscripción de la situación de control o grupo empresarial.

57.9 Llevar registro de los procesos a cargo y a cargo de los grupos adscritos a la dirección, por etapas adelantadas y pendientes, según lineamientos y políticas de la administración.

57.10 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en la Política de Gestión Integral para la Gestión Socialmente Responsable de la Entidad, de acuerdo a la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia.

57.11 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el Superior Inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.  

PARÁGRAFO PRIMERO. El Superintendente Delegado de Procedimientos de Insolvencia, tendrá la facultad para asignar a esta Dirección procesos de otras categorías, en el evento en que los procesos sean coordinados o compartan obligaciones en calidad de deudores solidarios o garantes y en general, estén vinculados de forma en que convenga la reasignación.

PARÁGRAFO SEGUNDO. El Director de Procesos de Liquidación II podrá asumir las funciones asignadas a los grupos de trabajo a su cargo.