AVISO JOVANY ANDRES ABORDA ARISTIZABAL BAJO LA MEDIDAD DE TOMA DE POSESION - DECISION NO. 001 - Intervención y Asuntos Financieros Especiales
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Delegatura de Intervención y Asuntos Financieros Especiales
Avisos de Agentes Interventores
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Atrás AVISO JOVANY ANDRES ABORDA ARISTIZABAL BAJO LA MEDIDAD DE TOMA DE POSESION - DECISION NO. 001
Publicado 5/06/26
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AVISO DE INTERVENCIÓN PUBLICACION DECISION No. 001
Doris Hormaza León, identificada con cédula de ciudadanía No. 41.674.641, en calidad de agente interventora designada por la Superintendencia de Sociedades, bajo la medida de toma de posesión de Jovany Andrés Taborda Aristizábal identificado con cedula de ciudadanía No. 1.088.297.096
INFORMA
- Que el día 05 de junio de 2026, como lo ordena el artículo 10, literal d) del Decreto 4334 de 2008, se expidió la Decisión No 001, por medio de la cual se resolvió “ DECLARAR que dentro del término señalado en el artículo 10 de Decreto 4334 de 2008, se presentaron reclamaciones de sumas de dinero entregadas en el proceso de la persona natural Jovany Andrés Taborda Aristizábal C.C. No. 1.088.297.096 en Intervención bajo la medida de toma de posesión
- Que contra la Decisión No 001, de fecha 05 de junio de 2026, procede el recurso de reposición en los términos consagrados en el artículo 10, literal d) del Decreto 4334 de 2008, el cual deberá presentarse dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de fijación del aviso por medio del cual se notifique la decisión No. 001, es decir entre el 7 y el 9 de junio de 2026 en escrito dirigido a la Agente Interventora, mediante correo electrónico liquidacionestodas@gmail.com
- El contenido completo de la Decisión No. 001 de fecha 05 de junio de 2026, puede ser consultado en:
- La página de interventores de la Superintendencia de Sociedades: https://www.supersociedades.gov.co/web/intervencion-y-asuntos-financieros-especiales/avisos.
- En el expediente número 120907 de la baranda virtual de la Superintendencia de Sociedades Baranda Virtual - Baranda
3.4. En blog, proceso de intervención https://procesointerjovanytabordaaristizabal.blogspot.com
- Los recursos de reposición que se presenten en el plazo establecido, serán resueltos dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento de ese término, conforme lo dispone el artículo 10, literal f) del Decreto 4334 de 2008