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Glosario

Para efectos de la presente Circular Externa los siguientes términos utilizados tienen el significado que se señala a continuación:

Activos Virtuales:

Es la representación digital de valor que se puede comercializar o transferir digitalmente y se puede utilizar para pagos o inversiones. Los activos virtuales no incluyen representaciones digitales de moneda fiat, valores y otros activos financieros que ya están cubiertos en otras partes de las Recomendaciones Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Ningún término
Control Común: 

Se presenta cuando “(…) todas las entidades o negocios que se combinan están controlados, en última instancia, por una misma parte o partes, tanto antes como después de la combinación de negocios, y que ese control no es transitorio”, tal como hace referencia la NIIF 3 combinaciones de negocios y la sección 19 combinaciones de negocios y plusvalía compiladas en el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificatorios.

Control Conjunto:

En el contexto de la presente Circular, haremos referencia al control conjunto societario como aquel control que puede ejercer dos o más personas, jurídica o natural, sobre una o más Entidades, de acuerdo con lo previsto en los artículos 260 y siguiente del Código de Comercio. La Superintendencia de Sociedades tiene facultad de declarar este tipo de control.

Combinación de Negocios:

Una transacción u otro suceso en el que una adquirente obtiene el control de uno o más negocios. Las transacciones a las que en ocasiones se denomina “verdaderas fusiones” o “fusiones entre iguales” también son combinaciones de negocios en el sentido en que se utiliza el término en la NIIF 3. En este contexto, el negocio es un conjunto integrado de actividades y activos susceptibles de ser dirigidos y gestionados con el propósito de proporcionar bienes o servicios a clientes, que producen ingresos por inversiones (tales como dividendos o intereses) u otros ingresos procedentes de actividades ordinarias.

Criptoactivos:

Tipos de activos virtuales que son custodiados y transferidos en sistemas digitales, los cuales utilizan tecnología criptográfica avanzada para garantizar la integridad del sistema.

Cuenta Mayor:

Subclasificaciones de cada uno de los elementos de los estados financieros conforme al marco normativo que le sea aplicable a la Entidad Empresarial, por ejemplo: el activo se clasifica en cuentas mayores denominadas Efectivo y Equivalentes al efectivo, Inventarios, Propiedad, planta y equipos, entre otros.

Ningún término
Entidad(es) Empresarial(es):

Es la sociedad comercial, empresa unipersonal o sucursal de sociedad extranjera supervisada por la Superintendencia de Sociedades, conforme a los artículos 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995.
En el contexto del Capítulo IV la expresión Entidades Empresariales no incluye, para efectos de Fusión, Escisión y Transformación, a las sucursales de sociedades Extranjeras, puesto que son sus matrices las que participan en estas reformas.

Escisión:

Es una reforma estatutaria mediante la cual una Entidad empresarial (escindente) divide su patrimonio en dos o más partes con el fin de transferir en bloque una, varias o la totalidad de dichas partes a una o varias Entidades Empresariales (beneficiarias) ya constituidas, o las destinan para la creación de nuevas personas jurídicas.

Estado de Situación Financiera:

Estado financiero que refleja la posición de los activos, pasivos y patrimonio de una Entidad Empresarial.

Estados Financieros de Propósito Especial:

Son aquellos que se preparan para satisfacer necesidades específicas de ciertos usuarios de la información contable. Se caracterizan por tener una circulación o uso limitado y por suministrar un mayor detalle de algunas partidas u operaciones.

Estados Financieros de Propósito General:

Los estados financieros con propósito de información general son aquellos que pretenden cubrir las necesidades de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información⁵⁹.

 


[59]NIC 1- Presentación de estados financieros de NIIF Plenas y la sección 2- Conceptos y Principios Fundamentales contenidos en el DUR 2420 de 2015 y sus modificatorios.
Estados Financieros de Propósito General Consolidados:

Se definen como los estados financieros de un grupo en el que los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos y flujos de efectivo de la controladora y sus subsidiarias se presentan como si se tratasen de una sola entidad económica.

Estados Financieros de Propósito General Individuales:

Son aquellos presentados por una entidad que no tiene inversiones en las cuales tenga la condición de asociada, negocio conjunto o controladora.

Estados Financieros de Propósito General Separados:

Son los presentados por una entidad en los que dicha entidad puede optar por contabilizar sus Inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas, bien al costo, al valor razonable o utilizando el método de la participación (NIC 27-Estados financieros separados y sección 9- Estados financieros consolidados y separados contenidos en el DUR 2420 de 2015).

Estados Financieros Extraordinarios:

Son estados financieros extraordinarios, los que se preparan durante el transcurso de un período como base para realizar ciertas actividades. La fecha de los mismos no podrá ser superior a un mes respecto de la fecha de convocatoria a la reunión, actividad o situación para la cual deban prepararse.

Fundación IFRS:

Organización independiente, con carácter privado y sin ánimo de lucro, que trabaja en pro del interés público apoyando al Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad, ambos establecidos en el año 2001.

Fusión:

Cuando una o más sociedades se disuelve sin liquidarse, para ser absorbidas por otra o para crear una nueva. La absorbente o la nueva compañía adquirirá los derechos y obligaciones de la sociedad o sociedades disueltas al formalizarse el acuerdo de fusión.

Ningún término
Ningún término
Instrumentos de Patrimonio:

Un instrumento de patrimonio es cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos de una entidad, después de deducir todos sus pasivos.

Instrumentos de Patrimonio Propio:

Títulos que representan las acciones, cuotas o partes de interés.

Ningún término
Ningún término
Libro Diario:

En este libro se traslada la información contenida en los registros auxiliares y en los comprobantes contables, asentando en orden cronológico todas las operaciones por cada cuenta, ocurridas en un periodo no superior a un mes. Debe contener por lo menos: una fecha, las cuentas y valores debitados y acreditados y una explicación del origen de las operaciones registradas.

Libro Mayor:

En este libro se traslada del libro diario el total de los movimientos débito y crédito de cada cuenta, para establecer los saldos de cada una de ellas y preparar la información financiera, pudiendo registrar varias operaciones homogéneas en forma global, siempre y cuando su resumen no supere las operaciones de un mes. Las operaciones se registrarán a más tardar en el mes siguiente al mes en cual se hubieran realizado.

Libros Auxiliares:

Registran las transacciones y valores individuales y resumen las transacciones que poseen una característica común o transacciones repetitivas. Podrán ser aquellos que se requieran de acuerdo a la complejidad y tamaño de las operaciones, permitiendo el completo entendimiento de los anteriormente mencionados.

Método de Integración Línea a Línea:

Método utilizado en las Fusiones Reorganizativas, también denominado método de los valores contables prexistentes, bajo el cual las partidas de los estados financieros de las Entidad empresarial a fusionarse se suman luego de efectuar las eliminaciones y ajustes pertinentes provenientes de las transacciones recíprocas, según el procedimiento dispuesto en las normas de consolidación aplicables a la absorbente o producto de la fusión.

Método de la Participación:

Método de contabilización según el cual la inversión se registra inicialmente al costo y es ajustada posteriormente en función de los cambios que experimenta, tras la adquisición, la porción de los activos netos de la entidad que corresponde al inversor. El resultado del periodo del inversor incluye su participación en el resultado del periodo de la participada, y el otro resultado integral del inversor incluye su participación en el otro resultado integral de la participada.

Moneda Funcional:

Moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad.

Moneda de Presentación:

La moneda en la cual se presentan los estados financieros.

Moneda de Registro:

Es la moneda en la cual las compañías llevan sus registros contables.

Ningún término
Ningún término
Patrimonio:

Es la parte residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos.

Prima por Escisión:

Es la prima generada por el reconocimiento en la beneficiaria de un capital menor al transferido por la escindente.

Prima por Fusión:

Es la prima que se genera por la diferencia resultante de comparar la sumatoria de los capitales de las participantes en el proceso, previa las eliminaciones y ajustes a que haya lugar, y el capital que registra la sociedad absorbente una vez definida la fusión y de acuerdo con la relación de intercambio acordada, cuando dicha diferencia se origina por la decisión de los asociados de que permanezca la cifra de capital de la absorbente.

Ningún término
Reservas Estatutarias y Ocasionales:

Estas corresponden a apropiaciones facultativas, cuya destinación es definida por los socios o asamblea de accionistas, cuya finalidad puede ser la de enjugar pérdidas de periodos anteriores.

Reserva Legal:

La reserva legal es una apropiación obligatoria que asciende al 50% del capital suscrito y estará formado por el 10% de las utilidades liquidas de cada periodo. Dicha reserva fue creada con el fin de absorber las pérdidas que se presenten a fin de ejercicio social, cuando las reservas constituidas para tal fin no son suficientes.

Seguridad Razonable:

Según el glosario de términos contenido en el Anexo 4 del DUR 2420 de 2015, se trata de un grado de seguridad alto, aunque no absoluto. El Marco internacional de encargos de aseguramiento en el párrafo 84, indica que en un encargo de seguridad razonable la conclusión del profesional ejerciente se expresa de un modo positivo que informa de su opinión con respecto al resultado de la medida o evaluación de la materia subyacente objeto de análisis.

Subcuenta:

Subclasificaciones que detallan las cuentas mayores.

Subsidiarias:

Una entidad que está controlada por otra entidad.

Transformación:

Es una reforma mediante la cual una sociedad comercial cambia su tipo societario a otro conservando la personería jurídica, permitiéndole a los asociados reestructurar la organización para encausarla hacia un tipo societario que facilite el desarrollo económico de la Entidad empresarial.

Utilidades Líquidas:

Corresponden a las utilidades después de impuestos del estado de resultado de la entidad, sin incluirse las partidas presentadas en el ORI.

Ningún término
Ningún término
Ningún término
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