Peticiones y Quejas SAPAC y Multinivel
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Resumen del trámite
Es la posibilidad de que suscriptores de planes de autofinanciamiento comercial ofrecidos por las SAPAC, así como vendedores independientes vinculados a compañías que desarrollan actividad multinivel o de mercadeo en red, presenten quejas o peticiones relacionadas con el ejercicio de tales actividades por parte de las compañías.
¿Tipo de trámite?
¿Cuánto tarda el proceso?
¿Tiene costo?
Trámite sin costoPasos a seguir
Procedimiento general del trámite:
El interesado deberá presentar solicitud escrita suministrando la información, datos y documentos indicados en la descripción, la cual puede ser radicada fisica o virtualmente a través de los canales dispuestos por la Superintendencia, entre ellos al correo electrónico webmaster@supersociedades.gov.co
o a través del portal web:
www.supersociedades.gov.co
Medios para hacer seguimiento:
Baranda virtual
Correspondencia física o electrónica
Descripción del trámite
Los suscriptores de planes de autofinanciamiento comercial ofrecidos por las SAPAC, así como los vendedores independientes vinculados a compañías que desarrollan actividad multinivel o de mercadeo en red, podrán presentar quejas o peticiones relacionadas con el ejercicio de la actividad que desarrollan dichas sociedades.
El suscriptor, vendedor independiente, usuario o cliente, según sea el caso deberá presentar petición o queja por escrito, en la cual:
a) Describa de manera detallada los hechos o circunstancias que son motivo de inconformidad.
b) su nombre completo,
c) su número de identificación,
d) nombre e identificación de la sociedad sobre la cual se formula la queja
e) datos para su contacto (dirección, teléfono, correo electrónico), y,
f) documentos que soporten los hechos descritos en la queja o petición
Requisitos para la autorización previa
Normativa que crea el trámite:
Artículo 13 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
SAPAC
Artículo 1º del Decreto 1941 de 1986.
Decreto 1970 de 1979, incorporado al Decreto 1730 de 1991, sustituido por el Decreto 663 de 1993 y parcialmente modificado por la Ley 510 de 1999, reglamentada por el Decreto 2211 de 2004 y la Ley 795 del 14 de enero de 2003.
Artículo 2.2.2.1.1.5, numeral 1 del Decreto 1074 de 2015.
Artículo 7º, numeral 7 del Decreto 1023 de 2012.
Capítulo IX, numeral 2º de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades.
Multinivel
Ley 1700 de 2013
Decreto Reglamentario 24 de 2016
Artículo 2.2.2.1.1.5, numeral 7º del Decreto 1074 de 2015
Ley 222 de 1995
Capítulo IX, numeral 1º de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades.