Ejecuciones contra socios o accionistas (Art 60 Ley 1116)
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Resumen del trámite
La parte interesada por intermedio de su apoderado puede radicar demandas relacionadas con los temas que son objeto de conocimiento de la Dirección de Procesos Especiales ante la Superintendencia de Sociedades, la demanda se puede radicar por correo electrónico dirigido a web master o por Expediente Digital, o presencial.
¿Tipo de trámite?
¿Cuánto tarda el proceso?
¿Tiene costo?
Trámite sin costoPasos a seguir
Procedimiento general del trámite:
Independiente del canal por el cual se recibió la demanda, se le asigna un número de procesos en Expediente Digital (esto lo hace Gestión Documental), luego la Dirección se encarga de hacer el reparto al grupo respectivo y el Director del grupo lo asigna a un ponente, el ponente inicia el estudio de la demanda y profiere el auto que corresponda.
Descripción del trámite
Las consideraciones y los modelos contenidos en esta sección se han preparado con el único propósito de ilustrar a nuestros usuarios acerca de algunos de los requisitos previstos en la ley para la adecuada presentación de demandas.
Normativa que crea el trámite:
Ley 1116 de 2006
Requisitos para la autorización previa
Medios para hacer seguimiento:
Quien radicó la demanda puede hacer el seguimiento por Expediente Digital o presencial con el grupo de apoyo judicial.