Circular Única de Requerimiento de Información Financiera - CURIF y Anexo técnico - Asuntos Económicos Societarios
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TEMA
Aplicación de la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera - CURIF No. 100-000009 del 2 de noviembre de 2023 expedida por la Superintendencia de Sociedades.
OBJETIVO
Tanto la circular externa como el presente anexo, se expiden con base en el ordenamiento legal, con el fin de facilitar y orientar a las Entidades Empresariales y Cámaras de Comercio supervisadas sobre los aspectos técnicos que deben tener en cuenta frente a los requerimientos y presentación de información financiera a esta Entidad de supervisión. Para ello tanto la circular como el anexo presentan correlación en su contenido distribuido en dos capítulos.
OBJETIVO
Tanto la circular externa como el presente anexo, se expiden con base en el ordenamiento legal, con el fin de facilitar y orientar a las Entidades Empresariales y Cámaras de Comercio supervisadas sobre los aspectos técnicos que deben tener en cuenta frente a los requerimientos y presentación de información financiera a esta Entidad de supervisión. Para ello tanto la circular como el anexo presentan correlación en su contenido distribuido en dos capítulos.
CAPITULO I -ASPECTOS TÉCNICOS DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA APLICABLE A ENTIDADES EMPRESARIALES EN MARCHA Y CÁMARAS DE COMERCIO EN MARCHA.
Las Entidades Empresariales y las Cámaras de Comercio deberán diligenciar y presentar los informes que a continuación se relacionan, atendiendo los aspectos técnicos del presente capítulo:
CAPITULO II –ASPECTOS TÉCNICOS DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA APLICABLE A ENTIDADES EMPRESARIALES QUE NO SE ENCUENTRAN EN MARCHA.
Las Entidades Empresariales admitidas a un proceso de liquidación judicial, así como aquellas entidades sometidas a vigilancia o control que se encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria o en causal de disolución por el NO Cumplimiento de la Hipótesis de Negocio en Marcha, deberán diligenciar y presentar el informe 04, atendiendo los aspectos técnicos del presente numeral: