MAVAC S.A.S. Y OTRO EN TOMA DE POSESIÓN COMO MEDIDA DE INTERVENCIÓN - Intervención y Asuntos Financieros Especiales
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Avisos de Agentes Interventores
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EL AGENTE INTERVENTOR DE
MAVAC S.A.S. Y OTRO EN TOMA DE POSESIÓN COMO MEDIDA DE INTERVENCIÓN
CONVOCA Y AVISA:
Que la Dirección de Intervención Judicial de la Superintendencia de Sociedades en uso de
las facultades conferidas en el Decreto 4334 del 17 de noviembre de 2008, por el cual, se
expidió el procedimiento de intervención en desarrollo del Decreto 4333 de 2008, profirió el Auto 911-009969 del 07 de julio de 2023, radicado 2023-01-564540, dentro del expediente 110.984, ordenando la intervención bajo la medida de toma de posesión de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de la sociedad MAVAC CONSTRUCTORA
INMOBILIARIA S.A.S. identificada con NIT 901.522.764 y el señor MARIO ALFONSO RAMÍREZ CELIS identificado con C.C. 1.095.841.760.
Que de conformidad con lo dispuesto en los literales a) y b) del artículo 10 del Decreto 4334 de 2008, se CONVOCA a todas las personas naturales o jurídicas que se consideren con derecho a formular solicitudes de devolución de los dineros entregados al sujeto intervenido, para que dentro del plazo estipulado en esta convocatoria, las presenten al Agente Interventor en la Carrera 53 No. 103B-42, oficina 704 del Edificio Grupo 7 de Bogotá D.C., o a través del correo electrónico juridica@montescardenas.com. Tales solicitudes deberán indicar: nombre del solicitante, número de identificación (cédula de ciudadanía o NIT, según el caso), dirección, teléfono de contacto y correo electrónico. Las reclamaciones deberán presentarse, como lo indica el literal c) del artículo 10 del Decreto 4334 de 2008, por escrito con presentación personal ante el Agente Interventor, acompañando el original del comprobantede entrega de dinero al sujeto intervenido.
Que el término para presentar las reclamaciones es de diez (10) días comunes, contados a
partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente aviso, es decir, entre el 25 de
julio de 2023 hasta el 03 de agosto de 2023. Dentro de los veinte (20) días comunes siguientes al vencimiento del término anterior, el Agente Interventor expedirá una providencia que contendrá la relación de las solicitudes de devolución aceptadas y las rechazadas, de lo cual se informará mediante la publicación de un aviso en un diario de amplia circulación nacional y en la página web www.supersociedades.gov.co.
Publicado el lunes 24 de julio de 2023.
BLAS TADEO MONTES ROMER
AGENTE INTERVENTOR