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Publicado 23/06/22
Acordeón de opciones
La supervisión de Supersociedades se limita a temas societarios. En estos casos se deben remitir a la Superintendencia de Industria y comercio (SIC), Superintendencia Financiera, Superintendencia Solidaria o quien ejerza la supervisión de la entidad que presta el servicio o vende el bien.