Liquidación Simplificada
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Resumen del trámite
Este procedimiento está dirigido a atender la liquidación judicial de todos los deudores destinatarios del régimen de insolvencia empresarial contenido en la Ley 1116 de 2006, cuyos activos sean inferiores o iguales a cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (5.000 SMMLV), como un mecanismo único y excluyente.
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Trámite sin costoPasos a seguir
Procedimiento general del trámite
1. Solicitud de apertura del proceso de liquidación.
2. Estudio de la solicitud
3. Presentación de créditos al liquidador.
4. Presentación de proyecto de calificación t graduación de créditos e inventario de bienes por el liquidador.
5. Presentación de objeciones.
6. Audiencia de resolución de objeciones
7. Presentación proyectó de adjudicación.
8. Rendición final de cuentas.
Este trámite se explica en el siguiente link: Ir al documento(Documento adjunto)
Descripción del trámite
Descripción General Procedimiento dirigido a atender la liquidación judicial simplificada de los deudores destinatarios del régimen de insolvencia empresarial contenido en la Ley 1116 de 2006, cuyos activos sean inferiores o iguales a cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (5.000 SMMLV), como un mecanismo único y excluyente. Los bienes de la masa se consideran por su valor neto de liquidación y, por lo tanto, no se realizan avalúos. Sin embargo, los acreedores pueden objetar dichos valores presentando ofertas de compra vinculantes o avalúos. |
Requisitos para la autorización previa
Requisitos
Los previstos en la Ley 1116 de 2006
Normatividad: Decreto 772 de 2020, prorrogado mediante Ley 2159 de 2021