Intervención con toma de posesión por presunta captación masiva e Ilegal de dineros
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Resumen del trámite
El artículo 4 del Decreto 4334 de 2008 establece que la Superintendencia de Sociedades de oficio o a solicitud de la Superintendencia Financiera, adelantará la intervención administrativa en los negocios, operaciones y patrimonio de las personas.
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Pasos a seguir
Procedimiento General del Trámite:
Presentación de la queja
Evaluación de la Queja
Inicio de investigación y actividades administrativas
Plantillas y Formularios:
Solicitud de intervención
Descripción del trámite
Descripción General:
El artículo 4 del Decreto 4334 de 2008 establece que la Superintendencia de Sociedades de oficio o a solicitud de la Superintendencia Financiera, adelantará la intervención administrativa en los negocios, operaciones y patrimonio de las personas naturales o jurídicas que desarrollan o participan en operaciones de captación o recaudo sin la debida autorización estatal, conforme a la ley, para lo cual x se le otorgan a dicha Superintendencia amplias facultades para ordenar la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de dichas personas, con el objeto de restablecer y preservar el interés público.
Requisitos para la autorización previa
Requisitos:
Presentar una queja en la cual se manifiesten los hechos objetivos o notorios que indiquen la entrega masiva de dineros a personas naturales o jurídicas, directamente o a través de intermediarios, mediante la modalidad de operaciones no autorizadas, tales como pirámides, tarjetas prepago, venta de servicios y otras operaciones semejantes a cambio de bienes, servicios o rendimientos sin explicación financiera razonable.
Normatividad:
Decreto 4334 de 2008