Ruta de navegación

Menú de navegación

Menú auxiliar lateral izquierdo

CW_Tramites_Opa_dos

Trámites, Otros Procedimientos Administrativos (OPA) y Consultas Digitales de Información
Trámites, Otros Procedimientos Administrativos (OPA) y Consultas Digitales de Información

Publicador de contenidos

Denuncias por presunto incumplimiento a la ley, los estatutos y demás normas a las que deban sujetarse las cámaras de comercio y las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades .

Resumen del trámite

​​Con el fin de cumplir con las funciones asignadas a la Superintendencia de Sociedades y supervisar el cumplimiento de las funciones legales asignadas a las cámaras de comercio, los interesados (ciudadanos, extranjeros, instituciones o dependencias públicas y/u organizaciones) pueden presentar una denuncia por presunto incumplimiento de las normas que regulan a las cámaras de comercio, sus estatutos o por instrucciones u órdenes impartidas por la Superintendencia de Sociedades, para que se inicien las averiguaciones preliminares o la investigación correspondiente.

¿Tipo de trámite?

¿Cuánto tarda el proceso?

150

¿Tiene costo?

Trámite sin costo

Pasos a seguir

Procedimiento general del trámite:

1. Ingresar la ventanilla única

2. En Trámites Administrativos seleccionar “Delegatura de Supervisión Societaria”

3. En el numeral 7 “Supervisión cámaras de comercio” se despliega el menú con los trámites

Medios para hacer seguimiento:

Baranda virtual

Descripción del trámite

Con el fin de cumplir con las funciones asignadas a la Superintendencia de Sociedades y supervisar el cumplimiento de las funciones legales asignadas a las cámaras de comercio, los interesados (ciudadanos, extranjeros, instituciones públicas o privadas) pueden presentar una denuncia por presunto incumplimiento de las normas que regulan a las cámaras de comercio, sus estatutos o por instrucciones u órdenes impartidas por la Superintendencia de Sociedades, para que se inicien las averiguaciones preliminares o la investigación correspondiente; así mismo la Superintendencia de Sociedades podrá iniciar de oficio el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio.

 

Normativa que crea el trámite:

Artículo 87 del Código de Comercio

 

Requisitos para la autorización previa

Atrás