Remoción de auxiliar de la justicia
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Resumen del trámite
Se presenta cuando el auxiliar de la justicia viola gravemente los deberes del cargo para el cual fue designado o incumple reiteradamente las órdenes del juez.
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¿Tiene costo?
Trámite sin costoPasos a seguir
Procedimiento general del trámite:
1. Presentación de solicitud
2. Estudio de la solicitud
3, Nombramiento de nuevo auxiliar
Plantillas y formularios:
Solicitud, remoción auxiliar de la justicia (documento adjunto)
Descripción del trámite
Descripción General:
Se presenta cuando los promotores, o liquidadores, violan gravemente los deberes del cargo para el cual fue designado o incumple reiteradamente las órdenes del juez.
El auxiliar la justicia será removido, además de los casos especiales previstos en el Decreto 2130 de 2015, en los siguientes eventos:
- Cuando incumpla las obligaciones establecidas en el Manual de Ética.
- Cuando incumpla alguno de sus deberes
- Cuando ocurra una causal incumplimiento.
- Cuando esté incurso en una situación de conflicto interés, de conformidad con lo establecido en leyes.
- Cuando omita cualquier deber de información establecido en el Decreto 2130 de 2015.
- Cuando omita renovar o constituir las pólizas de seguro.
- Cuando, de común acuerdo con la entidad y los acreedores titulares de la mayoría absoluta de los derechos de voto, soliciten el reemplazo del promotor designado; o cuando los acreedores que representen por lo menos el 60% de las acreencias, calificadas y graduadas, decidan solicitar la sustitución del liquidador.
- Por renuncia del promotor, liquidador o agente interventor.
- En caso de muerte, o incapacidad física o mental permanente.
Requisitos para la autorización previa
Requisitos:
Presentar la solicitud acreditando los hechos acaecidos, la legitimación y los soportes que acrediten el incumplimiento del auxiliar.
Normatividad: Numeral 9 artículo 5 Ley 1116 de 2016, artículo 2.2.2.11.6.1. Decreto 2130 de 2015, artículos 127-137 Código General del Proceso