Objeción a la determinación de derechos de voto y acreencias
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Resumen del trámite
Se presenta cuando un acreedor interno o externo, o un administrador del empresario con facultades de representación, objetan las decisiones del promotor. La Superintendencia resolverá todas las objeciones que se hayan presentado en tiempo.
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¿Tiene costo?
Pasos a seguir
Procedimiento General del Trámite:
Presentación de la solicitud
Evaluación de la solicitud: aceptación/rechazo
Plantillas y formularios:
Objeción a la determinación de derechos de voto y acreencias
Descripción del trámite
Se presenta cuando un acreedor interno o externo, o un administrador del empresario con facultades de representación, objetan las decisiones del promotor. La Superintendencia resolverá todas las objeciones que se hayan presentado en tiempo y la providencia respectiva, una vez en firme, permitirá al promotor establecer con certeza los votos admisibles y los créditos que han de ser objeto del acuerdo de reestructuración.
Requisitos para la autorización previa
Requisitos:
Dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de terminación de dicha reunión el objetante tendrá derecho a solicitar por escrito a la Superintendencia de Sociedades que resuelva su objeción.
Normatividad:
Artículo 26 Ley 550 de 1999