¿A quiénes corresponde la carga procesal de presentar los créditos en el proceso de liquidación judicial?
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¿A quiénes corresponde la carga procesal de presentar los créditos en el proceso de liquidación judicial?
Publicado 23/06/22
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 1116 de 2006, los acreedores, cualquiera sea su naturaleza, tienen la carga de presentar la prueba de la existencia y cuantía de su obligación ante el liquidador, dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de Liquidación Judicial.