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Supersociedades impone multa al director, presidente y/o representante legal de Reve Group, Inc. por desatender requerimientos de la Entidad

Supersociedades impone multa al director, presidente y/o representante legal de Reve Group, Inc. por desatender requerimientos de la Entidad

Fotografía por: Supersociedades



Bogotá D.C., 11 de agosto de 2022. En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante la Resolución n.° 302-011763 del 22 de julio de 2022, la Superintendencia de Sociedades le impuso una multa por cien millones de pesos ($100.000.000) al señor Michel Olmi Bustos, director, presidente y/o representante legal de Reve Group, Inc., por desatender requerimientos de la Entidad y por la ausencia de explicaciones que justifiquen las omisiones.

 

La Superintendencia de Sociedades en reiteradas oportunidades le solicitó al señor Michel Olmi Bustos, en su condición de director, presidente y/o representante legal de Reve Group, Inc., una certificación de la evolución de la composición del capital de la sociedad extranjera, el nombre de sus controlantes y beneficiarios finales, una certificación de las inversiones que posee o ha poseído la misma en compañías constituidas en Colombia, directa o indirectamente y copia del contrato de acuerdo de accionistas o cualquier otra denominación, que contenga directrices sobre la adopción de las decisiones por parte del máximo órgano social de Reve Group, Inc.

 

El señor Michel Olmi Bustos no atendió ninguno de los requerimientos efectuados de manera reiterada por la Superintendencia de Sociedades, hecho que constituye un grave obstáculo para el desarrollo de la investigación administrativa, tendiente a determinar la configuración de situaciones de control o de grupo empresarial que vinculan a BBI Colombia S.A.S., BBI Colombia Brands S.A.S., Cafés de Origen Especial S.A.S. y Mercadería S.A.S. en Liquidación Judicial, entre otras.

 

Es pertinente mencionar que, tratándose de Mercadería S.A.S. en Liquidación Judicial, en audiencia pública del 12 de mayo de 2022, en el marco del proceso de insolvencia, se puso de presente la crítica situación económica de la sociedad; de acuerdo con lo señalado por los acreedores y lo manifestado por el promotor, existen obligaciones impagas por una suma de ciento treinta y cinco mil millones de pesos ($135.000.000.000), de los cuales la deudora no ha acreditado una fórmula efectiva para su pago.

 

Contra la mencionada resolución procede el recurso de reposición que deberá imponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la respectiva notificación del acto administrativo.