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Superintendencia de Sociedades continuará conociendo y tramitando los procesos de reorganización y liquidación judicial bajo la Ley 1116 de 2006

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Fotografía por: Supersociedades



Bogotá D.C., 10 de octubre de 2023. En relación con el Comunicado de Prensa No. 37 de fecha 4 y 5 de octubre de 2023 de la Corte Constitucional, por medio de la cual se informa la decisión de declarar inexequible el inciso 2° del artículo 96 de la Ley 2277 de 2022, la Superintendencia de Sociedades se permite manifestar lo siguiente:

1. La Superintendencia de Sociedades respeta y acata las decisiones que profiere la Corte Constitucional en ejercicio de las funciones que le han sido asignadas por la Constitución Política de Colombia.

2. Conocido el Comunicado de Prensa de la Corte Constitucional y, por consiguiente, el sentido del fallo de declarar la inexequibilidad del inciso 2° del artículo 96 de la Ley 2277 de 2022, que contenía la prórroga de los Decretos Legislativos 560 y 772 de 2020, advertimos como necesario conocer la integralidad de la providencia para delimitar en detalle los efectos del fallo y la posible modulación de los mismos.

3. Los procesos de insolvencia seguirán tramitándose ante la Superintendencia de Sociedades de acuerdo con lo establecido por la Ley 1116 de 2006, que regula la reorganización y liquidación judicial. Nuestro compromiso es garantizar que estos procesos se gestionen de manera expedita, en línea con el plan de descongestión que se ha venido implementado en esta administración.

4. Es importante destacar que actualmente se está impulsando una iniciativa legislativa parlamentaria (Proyecto de Ley 106 de 2023), para establecer de manera permanente las medidas adoptadas mediante los Decretos Legislativos 560 y 772 de 2020. Estos decretos han demostrado ser herramientas eficaces para afrontar la insolvencia empresarial, y su utilidad ha sido evidente en la práctica.

5. Atendiendo las características negociales de los procesos concursales, esta Superintendencia pone de presente la existencia de su Centro de Conciliación y Arbitraje, como un mecanismo ágil de solución alternativa de estos conflictos en particular. Su uso podría equilibrar el impacto producido por la ausencia de las soluciones concursales de los decretos declarados inexequibles.

La Superintendencia de Sociedades reafirma su compromiso de trabajar en beneficio de la estabilidad y la legalidad en el ámbito empresarial de Colombia. Seguiremos atentos a los desarrollos legislativos y a las decisiones judiciales relevantes para adaptar nuestras funciones de acuerdo con la normativa vigente. Nuestra prioridad es seguir contribuyendo al fortalecimiento del entorno empresarial y al bienestar económico de la nación, salvando empresas y protegiendo el empleo.