Superintendencia de Industria y Comercio autoriza eventual integración entre la Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.SP. e Isagén S.A. E.S.P
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Superintendencia de Industria y Comercio autoriza eventual integración entre la Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.SP. e Isagén S.A. E.S.P
Fotografía por: Supersociedades
Para proteger a los consumidores, la operación aprobada condiciona a la EEB a eliminar los vínculos estructurales existentes con compañías del sector; así como la desinversión de algunos activos en el mercado de energía eléctrica.
Una operación de este tamaño e importancia, sin el cumplimiento de condiciones previas mínimas, podría restringir indebidamente la libre competencia, en perjuicio de los hogares y de las empresas colombianas, quienes podrían pagar precios más altos por la energía que consumen.
Bogotá, D.C., 07 de febrero de 2014. El Superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc, Luis Guillermo Vélez Cabrera, mediante Resolución 5545 del 6 de febrero de 2014, autorizó la eventual integración empresarial entre la Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.S.P. (EEB) e Isagen S.A. E.S.P., previo el cumplimiento de una serie de condiciones mínimas.
Las condiciones establecidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) incluyen la desinversión de activos y la eliminación de vínculos estructurales de la EEB con compañías que participan en el mercado de energía eléctrica.
Una operación de este tamaño e importancia, sin el cumplimiento de unas condiciones previas mínimas, podría restringir indebidamente la libre competencia en perjuicio de los hogares y empresas colombianas, las cuales podrían pagar precios más altos por la energía que consumen.
La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio se fundamenta en los artículos 9 y 11 de la Ley 1340 de 2009, que establecen que el Superintendente está facultado para autorizar una integración, sujetándola al cumplimiento de condicionamientos.
Esta misma norma advierte que los condicionamientos buscan aislar o eliminar el efecto anticompetitivo que produciría la integración, e implementar medidas de carácter estructural con respecto a dicha operación.
En caso de que la EEB adquiera a Isagen S.A. E.S.P. e incumpla alguno de los condicionamientos, la Superintendencia de Industria y Comercio puede imponer sanciones de (i) hasta cien mil salarios mínimos legales mensuales (100.000 SMLMV), equivalentes a sesenta y un mil seiscientos millones de pesos ($61.600.000.000) para la sociedad y (ii) dos mil salarios mínimos legales mensuales (2.000 SMLMV) equivalentes a mil doscientos treinta y dos millones de pesos ($1.232.000.000) para las personas naturales que infrinjan el cumplimiento de los condicionamientos.
Contra la decisión del Superintendente de Industria y Comercio, Ad Hoc, procede el recurso de reposición.
La Superintendencia de Industria y Comercio mantendrá la confidencialidad del condicionamiento hasta la fecha en que las acciones de Isagen sean adjudicadas al futuro comprador o se agote el trámite descrito en el reglamento de enajenación y adjudicación de acciones.
(fin)