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El fenómeno de las pirámides no se está repitiendo

Imagen fachada supersociedades

Fotografía por: Supersociedades



Bogotá, 12 dic (SS). Desde el 26 de agosto del 2010, Luis Guillermo Vélez Cabrera está al frente de la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades). Su gestión está marcada por la mirada de la ciudadanía, cada vez más acuciosa, sobre el papel de las distintas formas de organización empresarial.

En parte, esto ha llevado a Vélez a enfocar sus esfuerzos en la consolidación de mecanismos más eficaces de control, con un ejemplar método para ejercer las funciones jurisdiccionales atribuidas a esa entidad.

La multiplicidad de temas coyunturales, así como la necesidad de profundizar en aspectos relevantes del ordenamiento jurídico, enmarcaron la entrevista que Luis Guillermo Vélez concedió a ÁMBITO JURÍDICO.

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Estamos frente a un “reencauche” del fenómeno de las “pirámides”?

Luis Guillermo Vélez Cabrera: Yo no diría que estamos repitiendo este fenómeno. Las “pirámides” que he llamado de primera generación eran esquemas Ponzi, es decir, defraudaciones en donde una persona hacía una captación ilegal y pagaba los “rendimientos” con recursos que provenían del siguiente que entraba a la fila. Se caracterizaban porque no existía una actividad subyacente. Es diferente a lo que está ocurriendo ahora.

Á. J.: ¿Cuál es la causa de la actual captación ilegal?

L. G. V. C.: Hoy, vemos casos de empresas con actividades subyacentes serias, inclusive en algunos casos de compañías prósperas, que, por problemas de crédito, captan ilegalmente recursos del público, lo que las convierte en sujetos de intervención o de planes de desmonte.

Á. J.: ¿Qué hace la Supersociedades en esos casos?

L. G. V. C.: Ese tipo de actividades son objeto de un control específico. De hecho, tenemos un número importante de intervenciones. Este año llevamos más de 104 por captación ilegal de dineros del público.

Á. J.: ¿Se necesita una ley más estricta?

L G. V. C.: Nuestra legislación es tremendamente draconiana, difícilmente podemos imaginar una norma más severa. Tal vez, la causa del desbordamiento de la captación está en las dificultades para que las empresas, sobre todo las pequeñas y medianas (pymes), accedan al crédito. Cerca del 88 % de las pymes no tienen posibilidades de acceder al crédito formal.

Á. J.: ¿A qué atribuye esa limitación de acceso al crédito formal?

L. G. V. C.: Hay diferentes factores. Uno de los más importantes es la falta de formalización de las empresas, pues si hay informalidad en la empresa, no hay crédito formal. Pero cuando ya hay formalidad empresarial, se ha detectado que el problema está en que no pueden ofrecer garantías adecuadas.

Á. J.: ¿No es suficiente, por ejemplo, con la garantía hipotecaria?

L. G. V. C.: La garantía hipotecaria evita que el crédito fluya, porque muchos de los negocios contemporáneos no basan su actividad en activos inmuebles. Si yo tengo una empresa, por ejemplo, que produce software, cuyo activo es la propiedad intelectual, no tendría la posibilidad de acceder al crédito.

Á. J.: ¿Esa fue la reforma de la Ley de Garantías Mobiliarias?

L. G. V. C.: Claro. La nueva ley hace una revolución y cambia por completo la estructura de las garantías mobiliarias. Es un rompimiento con la concepción tradicional de los bienes y convierte el contrato de garantía, que era accesorio, en un contrato principal. Además, reforma la institución de la prenda, pero, algo más profundo que eso: genera la posibilidad de tener garantías con bienes muebles. Otro aspecto importante es la derogatoria de la prohibición del pacto pignoraticio. En la economía moderna, esa prohibición no tiene sentido, es una talanquera tremenda al crédito, porque no protege al deudor, sino que lo termina perjudicando.

Á. J.: ¿Cómo ha avanzado la reforma estructural a la Supersociedades?

L. G. V. C.: Antes del 2012, la última reforma importante a la estructura de la Supersociedades se llevó a cabo con la Ley 222 de 1995. Desde 1996, a través de más de 21 leyes, le han asignado importantes funciones, pero manteniendo la misma estructura, que estaba a punto de colapsar. Por ello, esta administración planteó una reforma estructural y de personal, que derivó en la creación de cuatro delegatorias, dos de ellas con funciones jurisdiccionales: la de Insolvencia y la de Procedimientos Mercantiles.

Á. J.: ¿Qué resalta de la Delegatura de Procedimientos Mercantiles?

L. G. V. C.: La definición más sencilla del objetivo de esta Delegatura es actuar como juez societario de Colombia, para resolver conflictos de una manera ágil, técnicamente sofisticada y efectiva. El promedio en el que estamos resolviendo los procesos pasó de 21 a 4 meses. Somos de los únicos, con funciones jurisdiccionales, que tenemos la digitalización completa de los procesos, con salas de audiencia de primer nivel. Es decir, estamos totalmente preparados para la oralidad. Además, transmitimos por internet las audiencias más importantes y todas quedan grabadas.

Á. J.: ¿Hubo algún modelo que se siguió para este avance?

L. G. V. C.: No. Es un modelo desarrollado internamente, que ha dado inmensa transparencia.

Á. J.: ¿Y frente a los procedimientos de insolvencia?

L. G. V. C.: En el caso de insolvencia, el sistema viene funcionando bien. De hecho, de acuerdo con el ranking Doing Business, ya contamos con estándares OCDE, por cuenta del trabajo que hace la Supersociedades.

Á. J.: ¿La creación de estas delegatorias implicó cambios en el perfil de los funcionarios?

L. G. V. C.: La planta de la Supersociedades se aumentó marginalmente. Además, como la estructura obedecía a los criterios imperantes en la década de los noventa, era especialmente relevante el personal de apoyo. Ahora, lo que hicimos fue convertir esos cargos técnicos en profesionales. La gente que está en las delegatorias, sobre todo en las que tienen funciones jurisdiccionales, son personas con altos estándares de formación académica, lo que ha elevado el nivel de toda la organización.

Á. J.: ¿Cómo va el centro de conciliación?

L. G. V. C.: Este centro ahora tendrá una función interesante, luego de firmar un convenio con el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, consistente en el proyecto de arbitraje social.

Á. J.: ¿De qué se trata este arbitraje social?

L. G. V. C.: Es un arbitraje de pequeñas causas que corresponde al interés del gobierno y de la comunidad jurídica de extender el uso del arbitramento. Tenemos una ley de arbitramento que está dando buenos resultados, pero se recurre a esta figura muy poco, especialmente se utiliza en grandes litigios. Lo que queremos, junto con la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB), es ampliarla a todos los empresarios. Será un foro en el que, ante un conflicto, el dueño de la pyme pueda resolverlo mediante un arbitramento de altísima calidad, porque los mismos árbitros del listado de la CCB prestarían sus servicios en estas pequeñas causas.

Á. J.: ¿En qué va este proyecto?

L. G. V. C.: En este momento, estamos capacitando a los funcionarios de la Supersociedades, para que puedan servir como secretarios de los tribunales. Se firmó el convenio hace poco con la CCB y creemos que, para el primer trimestre del 2014, tendremos los primeros procesos.

Á. J.: ¿Las sociedades colombianas y el control societario están preparadas para entrar de lleno a la dinámica del libre comercio mundial?

L. G. V. C.: En el tema societario, lo que hemos verificado es una inmensa solidez y dinamismo de la gran empresa colombiana. Es una empresa competitiva. Sin embargo, al bajar un poco en la escala, hay un universo de pymes con cierta fragilidad. Estas, en buena medida, viven de la gran empresa. Por eso, cuando la gran empresa estornuda, a la pyme le da neumonía. Entonces, el reto es generarle herramientas a las pymes, para que esa fragilidad se vaya reduciendo, porque son la base de la economía y del empleo.

 
Ver la entrevista completa (Enlace) AQUÍ