Ruta de navegación

Menú de navegación

Menú auxiliar lateral izquierdo

Noticias

Publicador de contenidos

El efecto positivo de la reorganización empresarial

Fotografía por: Supersociedades



Bogotá D.C., 4 de septiembre de 2024. Dentro del plan estratégico de pedagogía que viene implementando la Superintendencia de Sociedades, resaltamos los beneficios de la celebración de un acuerdo de reorganización, el cual le permite a las empresas superar sus crisis económicas para que sigan operando y aportando a la articulación del tejido empresarial.

Los deudores y las empresas que optan por celebrar un acuerdo de reorganización en los términos de la Ley 1116 de 2006, gozan de un mecanismo legal en el que pueden reestructurar sus pasivos y así lograr nuevas formas de pago, en mejores condiciones.

Bajo la verificación que hace la Superintendencia de Sociedades como Juez Concursal, los empresarios obtienen protección legal que garantiza su negocio en marcha, la continuidad de su operación, y especialmente la generación y protección del empleo.

Dentro del papel de acompañamiento que hace la Entidad a los empresarios, es importante exponerles los beneficios que traen las herramientas de salvamento empresarial, con el fin que el régimen de insolvencia sea visto como la oportunidad para proteger y mejorar las unidades productivas, que promueva su función social y el desarrollo del país.

Al respecto, el Superintendente de Sociedades, Doctor Billy Escobar indicó: “Queremos resaltar que la Entidad, dentro de sus funciones, debe promover herramientas y espacios para la conservación y mejoramiento de las empresas, en atención a que gracias a ellas se articula el desarrollo de la economía colombiana. Por eso, hemos venido destacando los casos exitosos de Administrador Hotelera DANN, Carbones Colombianos del Cerrejón, Buffalo Wings, PDVSA Gas Sucursal Colombia, Inverfam, Alberto VO5, Urbanizadora David Puyana, entre otros, puesto que son ejemplo de procesos recuperatorios exitosos, en la reactivación económica del país y la promoción del empleo.”

La Superintendencia de Sociedades continuará desempeñando las funciones que le fueron asignadas por la ley, e informará sobre el avance de los procesos que adelanta.