Por la cual se requiere a representantes legales, contadores, revisores fiscales de Sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales, la presentación de estados financieros y otros informes del año 2020, en la forma, detalle y términos que se indican en la Circular mencionada, esto de acuerdo a las facultades de inspección, vigilancia y control otorgadas por la ley, para solicitar, confirmar y analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales.