Supersociedades validará acuerdo extrajudicial de reorganización de Unimetro
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Fotografía por: Supersociedades
— La solicitud fue hecha por el apoderado de la sociedad. — A 30 de junio de 2016 el monto de los pasivos vencidos a más de noventa se ubicó en $19.375 millones equivalentes al 14.53% de los pasivos totales de Unimetro. Bogotá, 5 de diciembre de 2016 (SS). La Superintendencia de Sociedades, por medio del Auto 400-018067 de 2016, decretó la apertura del proceso de validación judicial de un acuerdo extrajudicial de reorganización de la sociedad Unión Metropolitana de Transportadores S.A. Unimetro. Informes entregados por el representante legal, contador y revisor fiscal indican que de acuerdo a los estados financieros a 30 de junio de 2016, el monto de los pasivos vencidos a más de 90 días asciende a de $19.375 millones de pesos, cifra que equivale al 14.53% de los pasivos totales. El superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, recordó que el régimen de insolvencia tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de las empresas como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo. Informes de la sociedad radicados el 20 de octubre de 2016 muestran que el acuerdo está firmado por el representante legal y el equivalente al 85,37% de los votos de los acreedores. En las certificaciones suscritas por el representante legal, contador y revisor fiscal, se manifiesta que la sociedad no tiene a su cargo pasivo pensional referente a mesadas, bonos y títulos pensionales. La solicitud de admisión al proceso de validación fue presentada por el apoderado de la sociedad, según consta en el expediente que reposa en la Superintendencia de Sociedades. La Supersociedades ordenó además a la sociedad Unión Metropolitana de Transportadores S.A. Unimetro, comunicar a todos los jueces, fiduciarias, notarios y cámaras de comercio que tramiten procesos de ejecución o coactivos y de ejecución de garantías, el inicio de la validación ante esta entidad. Lo anterior con el fin de que se suspendan los procesos de ejecución o coactivos mientras se valida el acuerdo extrajudicial de reorganización, de conformidad con lo establecido en la ley.
(fin)
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