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Comunicado sobre las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., accionistas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A.

Supersociedades

Fotografía por: Supersociedades



La Superintendencia de Sociedades, en relación con las actuaciones que la Entidad adelanta sobre las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., accionistas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A., respectivamente, se permite informar:

1.    Que las facultades de la Superintendencia de Sociedades, respecto de las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., en principio, no comprenden la autorización de venta de acciones de esas entidades por parte de sus accionistas, toda vez que la supervisión y, específicamente la atribución de control, se ejerce respecto a las actuaciones propias de las sociedades, sus administradores y órganos de control interno.

2.    Que en virtud de las visitas administrativas realizadas conoció y ha puesto en conocimiento de la Superintendencia de Salud, las operaciones de venta de acciones de las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., accionistas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A., respectivamente, para que dentro del marco de sus competencias y conforme con la medida cautelar de urgencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se pronuncie sobre su competencia frente a dichas operaciones.

3.    Que ha solicitado al Tribunal Administrativo de Cundinamarca: (i). aclarar de oficio el alcance de la medida cautelar de urgencia a efectos de determinar si la misma incluye abstenerse de negociar y suscribir contrato alguno por el cual se materialice la cesión de la participación accionaria de PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S. por parte de sus accionistas, (ii). suspender los efectos de las ventas ya realizadas o por realizar bajo este esquema y, (iii) si fuere del caso, se inicie el incidente de desacato a resolución judicial. Todo lo anterior, conforme a que dichas operaciones conlleva la cesión indirecta de la participación accionaria de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A.

4.    Que ha solicitado a la Procuraduría General de la Nación un acompañamiento especial y preventivo, respecto de la venta de las acciones de las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., por parte de sus accionistas, conforme a que estas sociedades son las dueñas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A., respectivamente.

5.    Que en el ejercicio de sus funciones, y específicamente de la medida administrativa de control que ejerce sobre PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., accionistas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A., respectivamente, continuará realizando todas las acciones dentro del marco de su competencia para garantizar el cumplimiento de la Ley en lo relacionado con la cesión y enajenación de acciones de PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., en cuanto a si: (i) se requiere o no autorización previa de la Superintendencia Nacional de Salud y (ii) al cumplimiento de la medida cautelar de urgencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

6.    Que, igualmente, la Superintendencia de Sociedades está realizando actuaciones administrativas adicionales, tanto de PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., como de las sociedades compradoras, a efectos de revisar de forma exhaustiva el cumplimiento de la Ley, en los temas que son de su competencia.

PDF Comunicado PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S.