Bolsa de Valores de Colombia respalda proyecto de reforma al Régimen de Sociedades
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Fotografía por: Supersociedades
- Durante el foro de Transparencia Corporativa, organizado por el Consejo Nacional de Competitividad, el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, resaltó que la revelación de información es apenas un componente de lo que encierran las buenas prácticas de Gobierno Corporativo.
Bogotá, 15 de septiembre de 2015. El presidente de la Bolsa de Valores de Colombia (BVC), Juan Pablo Córdoba, destacó el proyecto de ley que busca reformar el Régimen de Sociedades colombiano.
“Es un proyecto de ley bastante innovador y de frontera para modificar el Código de Comercio, a lo cual nos queremos adherir para que los emisores de valores cuenten con algunas de las modernidades que se están planteando, porque hay un avance en la doctrina”, expresó.
El superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, y el presidente de la BVC, participaron en el panel “Prácticas de revelación, buen gobierno y confianza inversionista”, durante el foro de Transparencia Corporativa, organizado por el Consejo Nacional de Competitividad.
En su intervención, el superintendente de Sociedades destacó que la revelación de información es apenas un componente de lo que encierran las buenas prácticas de Gobierno Corporativo, ya que aspectos como los conflictos de interés también deben tenerse en cuenta.
Adicionalmente, recordó que el proyecto de ley de reforma al Régimen de Sociedades incluye normas relacionadas con los derechos de los accionistas minoritarios, propuesta que fue acogida por Juan Pablo Córdoba, como representante de las empresas emisoras de valores.
Vale recordar que en virtud de este sistema propuesto, se define la opresión como aquel conjunto de conductas tendentes al menoscabo de los derechos que les corresponden a los accionistas minoritarios conforme a la ley.
Cualquier afectado por esta clase de conductas podría, por lo tanto, acudir a la Superintendencia de Sociedades, para que la entidad, en ejercicio de facultades jurisdiccionales, adopte las medidas que correspondan a partir de un catálogo de determinaciones previsto en el proyecto.
Dentro de estas medidas se incluye, evidentemente, el reembolso de la participación del asociado y, en casos extremos, la disolución y liquidación de la sociedad.