ACREEDORES DEL DEPORTIVO CALI DEBEN PRESENTAR SUS ACREENCIAS ANTE EL PROMOTOR
Ruta de navegación
Menú de navegación
Menú auxiliar lateral izquierdo
Noticias
Publicador de contenidos
Fotografía por: Supersociedades
Bogotá D.C., 12 de septiembre de 2024. La Superintendencia de Sociedades recuerda que, el pasado 28 de agosto de 2024, aceptó a la Asociación Deportivo Cali para la promoción de un acuerdo de reestructuración en los términos de las Leyes 550 de 1999 y 1445 de 2011.
A su vez, precisa que, ese mismo día publicó en su página web el aviso que exige el artículo 11 de la Ley 550 de 1999, en el que se indicaron los datos del promotor designado, señor GUSTAVO TRUJILLO BETANCOURT, con domicilio en la ciudad de Santiago de Cali, Valle del Cauca, con correo electrónico: gustavotrujillo33@yahoo.com
En ese orden, los acreedores deben presentar sus acreencias ante el promotor designado, señor GUSTAVO TRUJILLO BETANCOURT, para que aquél proceda a determinar los derechos de voto y acreencias.
Una vez en firme estos, se dará inicio a la etapa de negociación del acuerdo entre la Asociación y sus acreedores, que deberá adelantarse en un plazo máximo de 4 meses y, posteriormente, para la celebración del mismo, es decir, del acuerdo, cuentan con otros 4 meses adicionales.
Para conocer más acerca de los procesos de reestructuración y su funcionamiento, se pone a disposición nuestra Cartilla “Preguntas y respuestas Ley 550 de 1999”, disponible en el siguiente enlace: https://www.supersociedades.gov.co/documents/20122/1229078/ley-550-preguntas-respuestas.pdf/d5d535b0-88ac-6d94-d605-e70e99af534d?t=1711490525352