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HANNA SIMEI DIAZ GARCIA CON CEDULA 1.015.463.175, JOAN SEBASTIÁN SARMIENTO PADILLA CON CEDULA 1.233.896.983, JUAN CAMILO AVENDAÑO COPETE CON CEDULA 1.233.913.177, LUIS CARLOS MURILLO BONILLA CON CEDULA 1.026.294.679 Y SU VINCULACIÓN AL PROCESO DE LA PERSONA NATURAL SANTIAGO ANDRÉS SILVA COPETE EN TOMA DE POSESIÓN COMO MEDIDA DE INTERVENCIÓN.

AVISO DE INTERVENCIÓN JUDICIAL

AVISA:

MARÍA BERENICE MAZO ZAPATA CON C.C. No. 22.028.527, EN CALIDAD DE AGENTE INTERVENTORA DESIGNADA POR LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, ME PERMITO INFORMAR QUE:

MEDIANTE AUTO 2024-01-596895 DEL 27 DE JUNIO DE 2024, LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, ORDENÓ LA INTERVENCIÓN BAJO LA MEDIDA DE TOMA DE POSESIÓN DE LOS BIENES, HABERES, NEGOCIOS Y PATRIMONIO DE LAS PERSONAS NATURALES HANNA SIMEI DIAZ GARCIA CON CEDULA 1.015.463.175, JOAN SEBASTIÁN SARMIENTO PADILLA CON CEDULA 1.233.896.983, JUAN CAMILO AVENDAÑO COPETE CON CEDULA 1.233.913.177, LUIS CARLOS MURILLO BONILLA CON CEDULA 1.026.294.679 Y SU VINCULACIÓN AL PROCESO DE LA PERSONA NATURAL SANTIAGO ANDRÉS SILVA COPETE EN TOMA DE POSESIÓN COMO MEDIDA DE INTERVENCIÓN. POR CONFIGURARSE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ART. 2.18.2.1 DECRETO 1068 DEL 2015 Y EN LOS TÉRMINOS DEL ART 6 DEL DECRETO 4334 DE 2008. COMO QUIERA QUE, DE ACUERDO CON LAS PRUEBAS RECABADAS EN LA INVESTIGACIÓN DESARROLLADA PUDO ESTABLECER QUE DICHOS SUJETOS PARTICIPARON, PROMOVIERON Y SE BENEFICIARON DEL ESQUEMA DE CAPTACIÓN DESARROLLADO POR EL SEÑOR SILVA COPETE.

EN VIRTUD DE LO PREVISTO EN LOS LITERALES A) Y B) DEL ARTICULO 10 DECRETO 4334 DE 2008,LA INTERVENTORA CONVOCA A QUIENES SE CREAN CON DERECHO A RECLAMAR LAS SUMAS DE DINERO ENTREGADAS A LOS INTERVENIDOS, PARA QUE DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL AVISO, PRESENTEN SUS SOLICITUDES A LA INTERVENTORA EN LA DIRECCIÓN: CALLE 182 N°45-85 CASA 48, ÁTICOS DE LA SABANA III, Y AL CORREO intervenidoscopeteinversiones@gmail.com O COMUNICARSE AL CELULAR 3105534513.

POR LO ANTERIOR, LAS RECLAMACIONES PODRÁN PRESENTARSE DESDE EL DÍA 5 DE JULIO DE 2024 Y HASTA EL DÍA 14 DE JULIO DE 2024, COMO LO INDICA EL LITERAL C DEL ART 10 DEL DECRETO 4334 DE 2008, ASÍ: SOLICITUD POR ESCRITO A LA INTERVENTORA, ACOMPAÑADO EL ORIGINAL DEL DOCUMENTO DE ENTREGA DE DINERO AL INTERVENIDO Y DEMÁS SOPORTES DOCUMENTALES QUE CONSIDEREN NECESARIOS PARA VALORAR ESTA SOLICITUD.

DE ACUERDO CON EL LITERAL D) DEL ARTÍCULO 10 DEL DECRETO 4334 DE 2008, LA INTERVENTORA DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL TÉRMINO ANTERIOR, EXPEDIRÁ UNA PROVIDENCIA QUE CONTENDRÁ LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN ACEPTADAS Y LAS RECHAZADAS, PARA ESTE CASO VENCE EL DÍA 03 DE AGOSTO DE 2024. DICHA DECISIÓN SERÁ PUBLICADA EL DÍA 5 DE AGOSTO DE 2024.

CONTRA LA MISMA PROCEDE EL RECURSO DE REPOSICIÓN QUE PODRÁ SER INTERPUESTO DENTRO DE LOS 3 DÍAS SIGUIENTES A SU PUBLICACIÓN.

Fecha de publicación de este aviso jueves 4 de julio 2024