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ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ de C.C. 1.052.386.080 vinculado al proceso de intervención de AVITAR CONTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S

DECISIÓN No. 2 DENTRO DEL PROCESO DE INTERVENCIÓN DE ERIC ALEXANDER BENITEZ TÉLLEZ:  RESUELVE RECURSOS DE REPOSICIÓN FRENTE A LA DECISIÓN No.1.

LA AGENTE INTERVENTORA del señor ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ de C.C. 1.052.386.080 vinculado al proceso de intervención de AVITAR CONTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S de NIT. 901.302.568-6, como consta en Auto 2023-01-591485 del 21 de julio de 2023, expedido por la Superintendencia de Sociedades y en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley 4334 de 2008, procede a publicar la DECISIÓN No. 2 dentro del proceso con base en las siguientes:

CONSIDERACIONES:

  1. Que el día 12 de octubre de 2023, LA AGENTE INTERVENTORA, a través del Diario “LA REPÚBLICA” y en la página web de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co, publicó la DECISIÓN No. 01 de reconocimiento de afectados dentro del proceso de intervención de ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ.

  1. Que el término legalmente otorgado para presentar los recursos de reposición tuvo lugar entre los días calendario 13, 14 y 15 de octubre de 2023.

  1. Que contra la decisión se presentaron dos escritos denominados recurso de reposición. El primero presentado el 15 de octubre de 2023, por la señora ADRIANA GAVITO MALAGÓN de C.C.1.054.681.491. El segundo presentado el 18 de octubre de 2023, por el señor OSCAR ARTURO SOLERA SOLER C.C. 80.391.100.

  1. Respecto al primer recurso, la recurrente en su escrito solicita aclaración de la decisión, manifestando que ella fue un de las afectadas que suscribió contratos con el intervenido ERIC ALEXANDER BENITEZ TÉLLEZ.  Así mismo informa que fue reconocida como afectada dentro del proceso de intervención de AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S en Toma de Posesión en la tercera (3ra) decisión. 

  1. En atención a que la señora Garavito Malagón presentó su recurso en el término previsto, esta Agente Interventora procede a ACLARAR, que en el momento en que la recurrente fue reconocida como afectada mediante la Decisión No.3 del 01 de diciembre de 2022, dentro del proceso de intervención de AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S, quien decidió tal reconocimiento, fue la Interventora anterior en pleno ejercicio de su facultad jurisdiccional transitoria para el reconocimiento de las solicitudes de reclamación de los afectados consagrada en el Artículo 10 del Decreto 4334 de 2008.

  1. En consecuencia, dicha decisión tomada por la Agente Interventora quedo en firme, con la decisión que resolvió recursos de reposición del 10 de diciembre de 2023, en la cual NO se desconoció su derecho como afectada.

  1. Así las cosas, se informa a la recurrente que, si en la decisión No.3 dentro del proceso de INTERVENCIÓN DE AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIAIRA S.A.S, fue reconocida como afectada, la decisión No.1 dentro de la intervención de ERIC ALEXANDER BENÍTEZ no afectara su derecho adquirido previamente.

  1. Ahora bien, frente al recurso de reposición interpuesto el señor Oscar Arturo Solera Soler de C.C.80.391.100, me permito informar que el mismo fue presentado de manera extemporánea, debido a que el término máximo de presentación era el 15 de octubre de 2023, y el recurrente lo interpuso el 18 de octubre de 2023, con lo cual el mismos será rechazado.

En virtud de los expuesto la Agente Interventora de ERIC ALEXANDER BENIÍTEZ TÉLLEZ y otros.

DECIDE:

  1. PRIMERO:  ACEPTAR el recurso de reposición interpuesto por la señora ADRIANA GAVITO MALAGÓN de C.C.1.054.681.491 y, en consecuencia, se procede a otorgar la aclaración solicitada en la parte considerativa de esta providencia.
  2. SEGUNDO: RECHAZAR el recurso de reposición presentado por el señor Oscar ARTURO SOLERA SOLER de 80.391.100 por presentarse fuera del término legalmente otorgado.
  3. TERCERO: ORDENAR la publicación del Aviso para garantizar el principio de publicidad y de conformidad con lo ordenado en el artículo 10 numeral d.) del Decreto Ley 4334 de 2008, se publica esta decisión en la página WEB de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co y en la página web del interventor https://www.maxcecontreras.com/avitar/.

En la ciudad de Bogotá D.C., a los veintitrés (23) días del mes de octubre de 2023.

MAXCE ESTEFANÍA CONTRERAS MENDOZA
AGENTE INTERVENTORA