¿Es posible llevar a conciliación temas que no fueron resueltos en asamblea de accionistas?
La solicitud de conciliación podrá ser presentada de común acuerdo por las partes o individualmente por alguna de ellas o sus apoderados, de manera física radicándola en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades o por correo electrónico a la dirección webmaster@supersociedades.gov.co. Respectivamente este mecanismo alternativo de solución de conflictos se podrá utilizar ante esta entidad siempre y cuando se trate de un conflicto societario o entre sociedades comerciales.
Los requisitos de la solicitud son: Ciudad, fecha y centro ante el cual se presenta la solicitud.
- Identificación del solicitante(s) y citado(s) y apoderado(s) si fuera el caso.
- Hechos de la controversia.
- Peticiones o asuntos que se pretenden conciliar.
- Cuantía de las peticiones o la indicación que es indeterminada.
- Relación de los documentos, anexos y pruebas si las hay.
Lugar donde se pueden realizar las citaciones a la audiencia de todas las partes, indicando cuando sea posible, las direcciones de correo electrónico de las partes y teléfonos.